martes, 22 de noviembre de 2011

Condiciones del Campeonato (Art.17 al Art. 21 )

ARTICULO 17. Los jugadores que actúen como lanzadores no podrán actuar como receptores en el mismo encuentro ni en el siguiente y viceversa, esta condición rige desde Preparatorio hasta el Pre Junior. SANCION: Pérdida de juego.  NOTA: El manager será sancionado con un juego.

ARTICULO 18.  Los lanzadores en las categorías Preparatorio, Preinfantil, Infantil y Prejunior podrán lanzar hasta 4 inning, y en las categorías Junior y Juvenil podrán lanzar hasta  cinco (05) innings.
NOTA 1; En todas las categorías en caso de que un lanzador no pueda completar sus innings correspondientes (4 o 5), los lanzadores podrán completarlo en su siguiente juego, en caso de no completar deberá descansar un juego. SANCION: Pérdida de Juego.
NOTA 2: Cuando un lanzador esté en juego propinando NO HIT NO RUN el mismo podrá sobrepasar el límite de innings para su categoría hasta finalizar el encuentro, pero si le llegara a conectar un hit debe ser cambiado de inmediato.
NOTA 3; Todos los lanzadores después de completar sus innings reglamentarios en estas condiciones Preparatorio hasta prejunior cuatro entradas, Junior y Juvenil hasta cinco innings deberá descansar un juego, como también un club no realice un juego en treinta días. Ningún lanzador podrá actuar tres veces seguidas. SANCIÖN: Pérdida de juego.
NOTA 4: Cuando se realice un juego extra los lanzadores seguirán con su descanso antes indicado, al culminar  la Ronda Eliminatoria los lanzadores quedarán automáticamente libres para actuar en la ronda siguiente (Semifinal) y también para la Final.

ARTICULO 19.  En el momento que el árbitro principal reciba el line up de parte de cada uno de los equipos a través del mánager o técnicos, deberá constatar que cada uno de ellos tenga en su poder el Reglamento de Competencias de la Federación y Las Condiciones del presente campeonato 2011-2012. Los árbitros y anotadores también deberán tener en su poder. SANCION: El manager que no lo presente no podrá actuar en el juego, y para los árbitros y anotadores se les emitirá una amonestación por escrito.

ARTICULO 20.  Los refuerzos no son de carácter obligatorio, se escogerán de arriba hacia abajo es decir (1-2-3-4) próximas vueltas (1-2-3-4), se podrán escoger un máximo de cinco debiendo tener uno en play en todo el juego, tanto en la ofensiva como en la defensiva. 
NOTA 1: Se podrá escoger refuerzos de los equipos eliminados en la Ronda Semifinal para reforzar la Final siempre y cuando no exceda el límite de cinco refuerzos, dicha escogencia se respetará el orden de clasificación de la Ronda Eliminatoria.
NOTA 2: El o los refuerzos que no asistan al llamado (falta de dos juegos) podrán ser sustituidos, en la reunión ordinaria siguiente.

ARTICULO 21.  Queda establecido que si un jugador  expulsado o mandado a cambiar por el Árbitro del encuentro: SANCIÖN: Tendrá  un juego de suspensión y el mismo deberá cumplir la suspensión dentro del dogout correctamente uniformado.
NOTA 1: Si no se presenta al siguiente juego la sanción seguirá. En caso de que un jugador sea expulsado y merezca una pena mayor será notificada previo estudio del informe arbitral.
NOTA 2: En el line up deberá aparecer el nombre del jugador expulsado, señalado o marcado que el mismo está cumpliendo la sanción y esta medida será corroborada por los árbitros y notificar al anotador y manager contrario que dicho atleta se encuentra en el dogout uniformado.

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